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Aquí podrás encontrar algunas herramientas con las cuales estudiar, analizar y repensar el Derecho

miércoles, 9 de abril de 2008

Clasificación del Punto de Contacto

Métodos Indirectos
Sistema Conflictual Tradicional: Normas Conflictuales

.................Hipótesis ---------- Nexo ----------- Consecuencias Jurídicas

....- Conceptos ................Punto de Contacto: ..............Derecho aplicable
....- Categorías ...............(elementos que se dan ........................................
....- Instituciones............ en la relación que vinculan ................................
....- Figuras Jurídicias ...hipótesis y consecuencias ..................................
............................................jurídicas) ...........................................................

En conclusión:
En la norma material es: X ==> Y
En la norma conflictual es: X ==> Derecho Aplicable ==> Y

Cuando existen diferentes puntos de contacto (elementos de internacionalidad que pueden vinculas a una relación con dos o más derechos), el juez podrá aplicar una u otras normas.

Nota: Aprenderte todo el art. 13 del CC Federal y del DF.

Clasificación del Punto de Contacto
1. - Hecho: Fácticas que se presentan en la relación jurídica.
- Derecho: Conceptos o figuras jurídicas utilizadas en la norma conflictual para un determinado derecho.
- Mixtos: puntos de contacto tanto de derecho como de hecho.
Vgr. Punto de Contacto: Lugar de domicilio
Art. 13 CC
Frcc. Lll PC: Lugar de ubicación (de hecho)
Frcc. lV PC: Lugar de celebración (de hecho)
Frcc. V PC: Lugar de ejecución (de hecho)

2. Fijos: los que no se pueden alterar
Vgr. Lugar de nacimiento, lugar de celebración de un contrato
Móviles: los que pueden variar con el tiempo
Vgr. Bienes muebles, derechos, nacionalidad, lugar de ejecución de un contrato.

3. Cuando se preven dos o más puntos de contacto
Alternativo: Basta con que se actualice un punto de contacto para que opere la norma conflictuada.
Vgr. Art 233 LGTOC
Conjuntivo: Se tienen que actualizar los dos o más puntos de contacto para que opere la norma conflictual
Vgr. Nacionalidad de persona moral
. Soc. Consitutida en México
. Domicilio en México

Aplicación de Normas Extranjeras

Art. 14. CCFed.
Frcc. l , verbigracia, cuando en México se resuelva una controversia donde tenga que ver el derecho argentino, el juez mexicano tendrá que aplicarlo como lo haría el juez de dicho país, allegándose del texto, normas, vigencia de dichas normas, sentido y alcance (a través de informes oficiales, etc).
*Vigencia: certificación del derecho aplicable en el momento del acto materia de la controversia (verificando si sigue siendo válido ese derecho).
*Sentido y Alcance: (buscando antecedentes de casos similares a través de jurisprudencia, tesis respecto de determinados artículos, dictámenes periciales de abogados de dicho país, etc.)
Tarea: art 86 y 86 bis del C Proced. Civiles y art. 284 y 284 bis C Proced. C

lunes, 17 de marzo de 2008

Orden Jurídico, Derecho Natural

Documentos preliminares

Quisiera

Quisiera

Que la perfección se encontrara,
Te condiciono mi vida,
Te prometo mi estudio,
Quisiera saber la verdad,

No importa si fuera verdad,
Que la filosofía que estudio es real,
Quisiera la verdad de la vida,
Que fuera la brecha,
Que he decidido tomar.

Carrera Notarial

Preparación notarial y difusión de la imparcialidad jurídica garantizada por la Ley del Notariado en México.

Las autoridades y el colegio dispondrán de medios para hacer accesible la preparación básica para el examen de aspirante, misma que es condición pública de una mejor competencia profesional para el examen de oposición.

La Carrera Notarial es el sistema que organiza el estudio y la investigación de las diversas disciplinas jurídicas dirigidos al mejor desempeño de la función notarial, así como la difusión y práctica de principios y valores ético-jurídicos en beneficio de la ciudad. Así, la carrea proporciona condiciones de formación teórica, práctica, deontológica y personal para que el profesional del derecho pueda acceder al ejercicio de la función notarial.
Principios de la Carrera Notarial, además de los de la fe pública:
- Excelencia
- Especialización
- Legitimación
- Objetividad
- Profesionalismo
- Imparcialidad
- Sustentabilidad
- Independencia


Fundamento: Arts. 47 al 51 Ley del Notariado para el Distrito Federal, 2008.

jueves, 7 de febrero de 2008

Carta de Mahatma Gandhi a Julián Huxley.

Nota explicativa: Hacia 1947 (en pleno ambiente de postguerra), la recientemente fundada Organización de las Naciones Unidas se disponía a conformar un catálogo que enlistara a todos los derechos humanos. Este esfuerzo cristalizó finalmente en la Declaración Universal de Derechos Humanos aprobada por la Asamblea General el 10 de diciembre de 1948. Para llevar a cabo tan delicada tarea, enviaron a los más célebres pensadores y defensores de los derechos humanos de aquella época, un proyecto del documento que cuidadosamente se iba confeccionando, con la atenta solicitud de que aportaran ideas que sirvieran para complementar dicho documento. Sin duda, el carismático “Alma Grande” Gandhi era uno de los principales luchadores sociales de quien se esperaba una significativa aportación.


Carta de Mahatma Gandhi a Julián Huxley.
Fechada el 25 de mayo de 1947, en Bangui Colony, New Delhi, en la cual responde a la petición que se le hace, para opinar sobre el proyecto de Declaración de Derechos Humanos, que pretende expedir la Organización de las Naciones Unidas.

Fuente:
Los Derechos Humanos.
Ediciones del Milenio.
México, 2000.



Mahatma Gandhi
Los deberes de los ciudadanos del mundo

Bhangi Colony, New Delhi, 25 de mayo de 1947

Querido Doctor Julián Huxley:

Como ando constantemente de un lado para otro, nunca recibo el correo a tiempo. A no ser por su carta a Pandit Nehru, en la que se refiere a la que me dirigió a mí, podría no haber recibido la suya. Pero veo que usted ha dado a las personas a quienes se ha dirigido tiempo sufi­ciente para que puedan contestar. Escribo ésta en un tren en marcha. Mañana cuando llegue a Delhi será copiada a máquina.

Me temo que no pueda darle nada que se apro­xime al mínimo que usted indica. Lo cierto es que no tengo tiempo para hacer este esfuerzo. Pero todavía es más cierto que leo muy poca literatura pasada o pre­sente, aunque me encantaría poder leer algunas de las obras maestras. Viviendo como vivo desde mi juventud una vida turbulenta, no he tenido tranquilidad para dedicarme a la lectura.

De mi ignorante pero sabia madre aprendí que los derechos que pueden merecerse y conservarse proceden del deber bien cumplido. De tal modo que sólo somos acreedores del derecho a la vida cuando cumplimos el deber de ciudadanos del mundo. Con esta declaración fundamental, quizá sea fácil definir los deberes del Hombre y de la Mujer y relacionar todos los derechos con algún deber correspondiente que ha de cumplirse primero. Todo otro derecho solo será una usurpación por la que no merecerá la pena luchar.

Suyo afectísimo

M. K. Gandhi

lunes, 4 de febrero de 2008

Filosofía



La Filosofía del Derecho es el saber filosófico cuyo objeto es el derecho. No obstante es necesario saber primero qué es filosofía. Entonces, para iniciar con el estudio de la filosofía, señala el doctor Hervada, la filosofía se refiere a aquella realidad primera, es esa realidad de la más simple y universal, imposible definirla con sus elementos esenciales. Philosophía es la relativa a los estudiosos de la sabiduría, los filósofos son los que aman, los que buscan, los que estudian la sabiduría. Ya Agustín de Hipona relata la modestia de Pitágoras al decirse filósofo...
Espero les sirva la diapositiva.

sábado, 2 de febrero de 2008

Shakespeare

APRENDERÁS...


Después de algún tiempo aprenderás la diferencia entre
dar la mano y socorrer a un alma...

Y aprenderás que amar no significa apoyarse, y que compañía no siempre
significa seguridad...

Comenzaras a aprender que los besos no son contratos,
ni regalos, ni promesas...

Comenzarás a aceptar tus
derrotas con la cabeza erguida y la mirada al frente,
con la gracia de un adulto y no con la tristeza de un
niño...

Y aprenderás a construir hoy todos tus
caminos, porque el terreno de mañana es incierto para
los proyectos y el futuro tiene la costumbre de caer
en el vacío.

Después de un tiempo aprenderás que el sol quema sí te
expones demasiado...

Aceptarás que incluso las
personas buenas podrían herirte alguna vez y
necesitarás perdonarlas...

Aprenderás que hablar
puede aliviar los dolores del alma...

Descubrirás que lleva años construir confianza y apenas unos
segundos destruirla,
y que tu también podrás hacer
cosas de las que te arrepentirás el resto de la vida...

Aprenderás que las verdaderas amistades continúan
creciendo a pesar de las distancias...

Y que no importa
que es lo que tienes, sino a quien tienes en la vida...

Y que los buenos amigos son la familia que nos
permitimos elegir...

Aprenderás que no tenemos que cambiar de amigos, sí
estamos dispuestos a aceptar que los amigos cambian...

Te darás cuenta que puedes pasar buenos momentos con
tu mejor amigo haciendo cualquier cosa o nada,
solo por el placer de disfrutar su compañía...

Descubrirás que muchas veces tomas a la ligera a las
personas que más te importan y por eso siempre debemos
decir a esas personas que las amamos, porque nunca
estaremos seguros de cuando será la ultima vez que las
veamos...

Aprenderás que las circunstancias y el ambiente que
nos rodea tienen influencia sobre nosotros, pero
nosotros somos los únicos responsables de lo que
hacemos...

Comenzarás a aprender que no nos debemos
comparar con los demás, salvo cuando queramos
imitarlos para mejorar...

Descubrirás que se lleva mucho tiempo
para llegar a ser la persona que quieres ser, y que el
tiempo es corto.

Aprenderás que no importa a donde llegaste, sino a
donde te diriges y si no lo sabes cualquier lugar
sirve...

Aprenderás que si no controlas tus actos,
ellos te controlaran y que ser flexible no significa ser débil
o no tener personalidad,
porque no importa cuan
delicada y frágil sea una situación:
siempre existen dos lados.

Aprenderás que héroes son las personas que hicieron lo
que era necesario, enfrentando las consecuencias...

Aprenderás que la paciencia requiere mucha práctica.
Descubrirás que algunas veces, la persona que esperas
que te patee cuando te caes, tal vez sea una de las
pocas que te ayuden a levantarte.

Madurar tiene mas que ver con lo que has aprendido de
las experiencias, que con los años vividos.

Aprenderás que hay mucho mas de tus padres en ti de lo
que supones.

Aprenderás que nunca se debe decir a un niño que sus
sueños son tonterías, porque pocas cosas son tan
humillantes y sería una tragedia si lo creyese porque
le estarás quitando la esperanza...

Aprenderás que cuando sientes rabia, tienes derecho a
tenerla, pero eso no te da el derecho de ser cruel...

Descubrirás que solo porque alguien no te ama de la
forma que quieres, no significa que no te ame con todo
lo que puede, porque hay personas que nos aman, pero
que no saben como demostrarlo...

No siempre es suficiente ser perdonado por alguien,
algunas veces tendrás que aprender a perdonarte a ti
mismo...

Aprenderás que con la misma severidad conque juzgas,
también serás juzgado y en algún momento condenado...

Aprenderás que no importa en cuantos pedazos tu
corazón se partió, el mundo no se detiene para que lo
arregles...

Aprenderás que el tiempo no es algo que pueda volver
hacia atrás, por lo tanto, debes cultivar tu propio
jardín y decorar tu alma, en vez de esperar que
alguien te traiga flores.

Entonces y solo entonces sabrás realmente lo que
puedes soportar; que eres fuerte y que podrás ir mucho
mas lejos de lo que pensabas cuando creías que no se
podía más.

Es que realmente la vida vale cuando tienes el valor
de ¡enfrentarla!


William Shakespeare

martes, 1 de enero de 2008

Caso Flores v. Southern Peru Copper Corporation

Flores v. Southern Peru Copper Corporation
Corte de Estados Unidos, Apelación: Segundo Circuito.
343 F. 3d 140 (2003)

Hechos
1.- Southern Peru Cooper Corporation, una compañía americana, emite grandes cantidades de dióxido de sulfuro y partículas muy finas de metales pesados en el aire local y el agua de Ilo, Perú.

2.- Los demandantes peruanos (representan a los residentes de Ilo, Perú que ya fallecieron) alegan que, en consideración en el Alien Tort Claims Act (“ATCA”), 28 U.S.C. 1350, Southern Peru Copper Corporation (SPCC) realiza operaciones que causan la muerte, por enfermedades pulmonares, a ellos y a sus descendientes, dentro y fuera de Ilo, Perú

Los demandantes señalan que SPCC realiza actos que van en contra de la costumbre de derecho internacional pues viola el derecho a la vida, el derecho a la salud y el derecho al desarrollo sustentable.

3.- En soporte a la demanda, los demandantes entregaron tratados, convenciones y convenios, declaraciones no obligatorias de la Asamblea General de Naciones Unidas, declaraciones multinacionales no obligatorias, decisiones de tribunales multinacionales y posturas de escuelas de derecho internacional.

Tipo de proceso
Apelación: Segundo Circuito

Problemática
En base a las evidencias aportadas por los demandantes ¿Southern Peru Copper Corporation realizó actos que van en contra de alguna costumbre de derecho internacional?

Interés y Aplicación de la norma

La Corte de Estados Unidos citó el artículo 38.1 del estatuto de la CIJ para determinar el contenido del Derecho Internacional y concluyó que las evidencias aportadas por los demandantes no son suficientemente fuente para probar que Southern Peru Copper Corporation realizó actos que van en contra de alguna costumbre de derecho internacional.

Así, de acuerdo con al ATCA, la Corte desecha lo defendido por la parte actora por falta de elementos que fundamenten la demanda.


Fuente:International law : cases and materials / by Lori Fisler Damrosch ... [et al.] St. Paul, Minn. : West Group, 2001

Caso A v. Principal agente de policía de West Yorkshire

A v. Principal agente de policía de West Yorkshire
House of Lords
UKHL 21, E.W.C.A. Civ 1584 (2004)

Hechos
1.- En 1997 la señora A aprueba el examen de buena salud y es reclutada en la escuela de policía para trabajar como oficial de policía en West Yorkshire Police Force.
2.- En 1998 el principal guardia rechaza la solicitud argumentando que por su condición de cambio de género, de hombre a mujer, no puede realizar las labores completas de un agente de policía.

El principal agente de policía argumenta que; primero, la señora A, a pesar de su cambio de género sigue siendo legalmente hombre según las leyes locales inglesas; segundo, un agente de policía, de acuerdo con la sección 54 de Police and Criminal Evidence Act de 1984, debe ser capaz de perseguir a hombres o a mujeres, además, el guardia que realice la búsqueda debe ser del mismo genero que la persona perseguida; entonces la señora A no puede, por ser legalmente hombre, perseguir a mujeres, ni por físicamente aparentar ser mujer, perseguir a hombres.
3.- La señora A se protege bajo las leyes de la Comunidad Europea y alega discriminación por razones de género.

Tipo de proceso
Apelación

Problemática
¿Constituye un acto ilícito discriminatorio el hecho de que un agente de policía no le permita a una persona ingresar a la agencia de policía por razones de cambio de género?

Interés y Aplicación de la norma
Bajo el principio de igualdad de trato y el derecho a la identidad sexual reconocido por el tribunal, si constituye un acto ilícito el hecho de que un agente de policía no le permita a una persona ingresar a la agencia de policía por razones de cambio de género.


La ley de la Comunidad Europea prevalece sobre cualquier disposición de la ley local contraria a ella.
Ley de la Comunidad Europea
Como consecuencia del acto de discriminación de género en 1975, el Consejo del EEC 76/207/EEC, señala el principio de igualdad de tratamiento para los hombres y las mujeres referente al empleo, formación y promoción profesional, así como sus condiciones de trabajo. Por otra parte, además de señalar que no habrá discriminación por razones de género, éste también establece que el derecho de igualdad de trato no prejuzga el derecho de los Estados miembros a excluir de su campo, entre otras circunstancias, cuando el género del trabajador constituya un factor determinante.

Jurisprudencia de la Corte Europea de Derechos Humano
Con fundamento en la dignidad humana y en la libertad, un hombre debe formar su personalidad libremente y de la manera que él mejor juzgue. La Corte Europea de Derechos Humano estableció que una persona que ha cambiado de género, puede pedir el reconocimiento de la ley sobre su nuevo género. Pero el Estado sólo lo concederá si tiene verdaderas razones que lo obliguen.

El Tribunal de Justicia observó que, puesto que el transexual “es tratado desfavorablemente… por la reasignación del género”, entonces, considerando lo anterior como una discriminación, es de interés jurídico la protección de una persona que ha decidido cambiar de género. Así, una persona que ha cambiado de género, debe ser vista reconociendo la identidad de género al cual lo o la han reasignado


Fuente: International law : cases and materials / by Lori Fisler Damrosch ... [et al.] St. Paul, Minn. : West Group, 2001

Acto humano, para comprender el Acto Jurídico

Liliana López Astorga

La distinción que hace la ciencia jurídica entre actos y hechos se debe a que, en las relaciones jurídicas, no todas las acciones del hombre tienen la misma eficacia y consideración (también tienen distinto valor en la vida moral).

Javier Hervada advierte que, aún cuando la diferencia ente actos y hechos debe ser estudiada desde el plano jurídico, es preciso señalar algunos datos que ofrece la filosofía moral.

Datos de la Filosofía moral aplicados en la vida jurídica
1.- El hombre es un ser dotado de vida (dinamismo). Vida que depende de un principio interior y propio del ser, que se manifiesta en un constante y complejo movimiento de las diversas potencias del ser humano. Cada uno de esos movimientos o mutaciones de las potencias del hombre, en la ciencia moral, recibe el nombre de acto.

Así, los actos que realiza el hombre son en virtud de componentes como las leyes biológicas o las decisiones libres. En virtud de que los actos son la expresión del ser vivo, todos los actos son del sujeto que los obra. La persona humana es el sujeto último de atribución de los actos, así Hervada desprende dos consecuencias:

a) Todos los actos propios de la persona son en función de la dignidad humana, de la finalidad o sentido último encontrado en los fines naturales de la persona humana y no en los instintos o pasiones de su ser.
b) Puesto que el hombre es persona, todos sus actos le pertenecen, él es su dueño, esos actos son derecho suyo ante los demás.


2.- La filosofía moral divide los actos del ser humano según sean o no controlados por la razón y la voluntad: actos del hombre y actos humanos.

Actos del hombre
Son los actos obrados por el hombre producto de fuerzas inherentes a las distintas potencias del ser humano, sin dependencia directa de la voluntad ni control de la razón, regulados por leyes físicas, biológicas o instintivas.

Actos humanos
Se entiende al hombre como persona, dotado de libertad y capaz de comprometerse. Actos que el hombre realiza según su querer, cuyo curso domina y del cual es responsable, controlados por la razón y dependientes de la voluntad.

El dominio de los actos de los cuales el hombre es dueño tiene doble sentido:
Dominio moral y jurídico (todos los actos de la persona humana son derecho suyo y le pertenecen frente a los demás hombres)
Dominio ontológico (cuando la persona domina el curso de sus actos mediante la facultades superiores de la razón y la voluntad)


La ciencia jurídica estudia los actos humanos en base a que, en la relación interpersonal, el hombre se presenta en su condición de ser personal y responsable, a través de los cuales el hombre actúa jurídicamente.
Hervada señala que los actos
[1] de los que habla la ciencia jurídica pertenecen a la categoría de lo que en la moral se conoce como actos humanos. Así, los actos del hombre deben ser considerados por el jurista como hechos[2].

Tratado de los actos según el Derecho Natural
(Se funda en la teoría del acto humano)

El acto personal del hombre en la vida jurídica tiene dos modalidades

a) Acto justo (justicia conmutativa, legal o distributiva). Ya en la justicia legal, actos conformes con la ley (acto lícito) y actos en sentido contrario (acto injusto y acto ilícito).
b) Acto jurídico. Actos que originan, modifican o extinguen relaciones jurídicas y, con ellas, derechos y obligaciones o deudas (por ejemplo, el testamento).

Elementos de los actos jurídicamente relevantes
o Actos externos con signos del pensamiento y del querer.
o Actos personales, es decir, actos humanos. El ejercicio del hombre en su condición de persona: ser pensante (inteligencia) y dotado de voluntad (aunque la voluntad y la inteligencia son por naturaleza internos, éstos tienen que ser exteriorizados, conformándose así actos complejos). El elemento externo puede ser: a) la ejecución de la decisión interior, operación por la cual se cumple un acto justo o injusto; b) emisión del consentimiento, forma.

Factores que hacen a un acto propiamente humano
§ Actos regidos por la razón y queridos por la voluntad.
§ Actos atribuibles a la persona, en cuanto a ser inteligente, responsable, con eficacia y valor en la vida jurídica.
§ Un acto original, es decir, que el acto sea elegible, libre
[3] (la raíz de la libertad supone el conocimiento intelectual). Es así como la capacidad o potencia cognoscitiva se traduce en la inteligencia o razón y, la facultad de querer de naturaleza espiritual es la voluntad. Entonces, el acto libre es un acto racional y voluntario.
§ El sentido o la finalidad (el término de un objeto o la obtención de un resultado).Todo agente inteligente obra siempre por un fin.


Elementos de los actos humanos

Elemento Cognoscitivo
v Advertencia, percepción o conocimiento del acto: el acto humano es un acto inteligente y, por consiguiente, conciente. Que sea conciente quiere decir que la mente se da cuenta del acto (advierte), por tanto, regula su realización. La percepción conciente re refiere al acto en si y a su relación con la ley y el derecho.

Se divide según los momentos en que ésta suceda:
Antecedente: cuando la persona conoce sus actos antes de realizarlos.
Concomitante: cuando los conoce mientras los realiza.
Consiguiente: los conoce después de realizarlos

v Deliberación
Es un aspecto dentro de la advertencia y es siempre antecedente. Es el acto por el cual la razón califica la conveniencia o disconveniencia del acto a realizar (toma en cuenta la licitud).
a) el juicio de posibilidad y de conveniencia de la acción (tanto por la finalidad como por la licitud del acto)
b) el concejo sobre los medio empleados
c) el juicio de la elección de los medio oportunos

Defecto de la advertencia
*La ignorancia
*El error
*La inadvertencia y el olvido

La conciencia
Es el juicio de la razón práctica sobre la conformidad o la relación del acto humano con la ley natural.
*conciencia verdadera (se adecua a los preceptos de la ley natural cuando son correctamente aplicados al acto que se enjuicia)
*conciencia errónea (invencible o vencible)

Elemento Volitivo
[4]
(acto espontáneo y original del hombre)
El acto voluntario es la acción que procede de la voluntad con conocimiento del fin. Es un acto interior de la persona (que puede ser estimulado por agentes exteriores, pero no causado por ellos).
*voluntario directo.
*voluntario indirecto.


Fuente

§ Hervada, Javier, Cuatro lecciones de derecho natural, parte especial, EUNSA, España, 4ª. Edición,1989.

[1] Acciones que el hombre realiza como protagonista del orden jurídico, es decir, acciones justas o injustas y aquellos de sus actos que crean, modifican o extinguen relaciones jurídicas.

[2] Eventos y acontecimientos no dependientes de la voluntad humana, que ocurre por efecto de las leyes físicas o biológicas de la Naturaleza, que modifican o extinguen las relaciones jurídicas, los derechos y las obligaciones.
[3] Atribuir la libertad únicamente al hombre. También Austin Fagothey afirma que la libertad es una consecuencia natural de la inteligencia. El ser natural puede ser libre en función de su razón.
[4] La voluntad, según Javier Hervada, es una potencia del alma, por lo tanto, es un principio intrínseco de la persona humana.